“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2017” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3091
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- DECLARAR Monumento Histórico Cultural, el edificio de la Escuela Nº 572 Cazadores Correntinos, sito en el Paraje homónimo, e identificar con una placa recordatoria.
Art.2º.- ENVIAR copia de la presente a los directivos de la escuela Nº 572 Cazadores Correntinos y al Ministerio de Educación de la Provincia, a sus efectos.
Art. 3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 30 de noviembre de 2017
CURUZU CUATIA CORRIENTES