Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315


ORDENANZA Nº 3099

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ART. 1°: CREASE una COMISION ESPECIAL en el ámbito del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE denominada " BANCA DE LA MUJER" , cuya finalidad genérica será la de incluir la perspectiva de género en la actividad legislativa y las políticas públicas municipales.-

ART. 2°: FUNCIONES Y ATRIBUCIONES. Serán funciones y atribuciones de la Banca de la Mujer, con carácter enunciativo, las siguientes:

a)        La presentación y promoción conjunta de iniciativas legislativas en defensa de los derechos de las mujeres; garantizando la inclusión de la dimensión de género en la elaboración y sanción de los proyectos legislativos;

b)        El monitoreo del cumplimiento de la normativa vigente en materia de género.;

c)         El impulso de acciones conducentes al desarrollo humano de las mujeres, en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 45 de la Constitución Provincial.;

d)        La promoción de medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato entre varones y mujeres en los ámbitos familiar, político, económico y social;

e)        La coordinación de acciones con otros Concejos Deliberantes y organizaciones no gubernamentales para avanzar desde una perspectiva transversal de género, en la adecuación normativa municipal.

f)         La promoción de espacios de intercambio entre legisladoras municipales, instituciones y organizaciones públicas y privadas que contribuyan a superar los obstáculos que impiden el avance de las mujeres, y a implementar medidas de acción positiva que garanticen el efectivo ejercicio de sus derechos;

g)        El impulso de iniciativas tendientes a mejorar el tratamiento de la igualdad y equidad de género en los medios de comunicación;

h)        Mantener entrevistas con representantes de distintos organismos del Estado Provincial y Nacional, a fin de velar por el respeto irrestricto de los derechos de género en todos los ámbitos.-

i)          Realizar visitas de trabajo y fiscalización a entidades públicas, centros penitenciarios y demás organismos públicos del Municipio.-

j) Realizar homenajes a figuras femeninas históricas y contemporáneas, políticas y luchadoras sociales.

k) La difusión en la opinión pública de los datos obtenidos, estudios y actividades,.

I) Presentar anualmente un Balance de Gestión los días 8 de marzo y elaboración de la Agenda Parlamentaria anual.

 

ART. 3°: La COMISION ESPECIAL " BANCA DE LA MUJER" podrá ser integrada por los Señores y Señoras Concejales que manifiesten su interés en participar, sin limitación de número máximo de integrantes.-

ART. 4°: La COMISION ESPECIAL " BANCA DE LA MUJER" designara entre sus miembros un PRESIDENTE, un VICEPRESIDENTE y un SECRETARIO; pudiendo dictar su reglamento interno de funcionamiento que será aprobado por el pleno del cuerpo.-

 

ART 5°: COMUNIQUESE al D.E, publíquese, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 28 de marzo  de 2018.

CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-