“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3104
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.1º.- DECLARAR la Emergencia Tarifaria en materia energética (energía eléctrica y agua) en la ciudad de Curuzú Cuatiá por el lapso de 1(uno) año.
Art.2º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre, ante el Gobierno de la Provincia de Corrientes, los medios necesarios para la búsqueda de políticas de inclusión que logren la baja de los incrementos producidos sobre los servicios, en el plazo de vigencia de la emergencia declarada en el articulo 1º; utilizando todos los mecanismos e instrumentos legales a su alcance para asegurar y garantizar el acceso a los servicios públicos esenciales de todos los vecinos de la ciudad de Curuzú Cuatiá.
Art.3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 18 de abril de 2018
CURUZU CUATIA CORRIENTES