“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3106
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.1º.- AUTORIZAR con carácter precario la servidumbre solicitada por el Sr. Matías Passarello para la realización de emprendimiento comercial en el inmueble ubicado por calle Ramón A. Meza Mza. Nº 294, Partida Inmobiliaria E1-8288-1 Lote 3/A en la parte oeste de la plazoleta “Rincón de Luz”.
Art.2º.- El Sr. Matías Passarello se compromete a realizar tareas de iluminación, saneamiento y embellecimiento del lugar, debiendo abstenerse de construir y/o modificar el estado actual del espacio público.
Art.3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 25 de abril de 2018
CURUZU CUATIA, CORRIENTES