Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315


ORDENANZA Nº 3109

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art.1º.- DONAR al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES el inmueble ubicado en la manzana s/n fracción III de la mensura Nº 6186-L Sub fracción ”2” según croquis que se agrega como anexo I, que consta de las siguientes medidas: 42,00 m de frente al norte sobre calle Chiclana, 42,00m de contra frente al sur, por 65,00m de fondo al Este, y 65,00 m de contra fondo al Oeste sobre calle publica, lo que hace una superficie de 2.729,99 m2., dicho inmueble será afectado a la construcción de la COMISARIA DEPARTAMENTAL TERCERA. Inscripto en el Registro de Propiedad Inmueble de Corrientes al Fº Real Matrícula Nº 3.404, año 2.000 Partida Inmobiliaria E1-13.768-1

Art. 2º.- Se impone a la presente donación los siguientes cargos: a) En el plazo de 2(dos) años, contados a partir de la promulgación de la presente, deberá la donataria comenzar la construcción de las obras. b) En el plazo de 4 (cuatro) años, a partir de la promulgación de la presente, deberá concluir la obra. c) La donataria no podrá modificar el fin para el que fue dispuesta la donación.

Art.3º.- El incumplimiento de los cargos impuestos provocará la revocación de la donación, sin otro requerimiento que la notificación por medio fehaciente que el DEM cursará a la donataria, quedando facultado para recobrar la posesión del terreno con todo lo clavado y edificado, sin deber por ello ningún tipo de indemnización.

Art.4º.- Facultar al DEM a realizar todos los actos materiales, administrativos o jurídicos que fuere menester a fin de hacer efectivo lo dispuesto en los artículos precedentes.

Art.5º.- Derogar la ORDENANZA Nº 3082.

Art. 6º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL HCD, 02 de mayo de 2018

CURUZU CUATIA, CORRIENTES