“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3110
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.1º.- AGREGAR el siguiente párrafo al Art. 2° de la Ordenanza N° 3057/17, el que quedara redactado de la siguiente manera: “Art. 2° El Boletín Oficial de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá será editado semanalmente siendo el día de su publicación los días lunes de cada semana, salvo que sea inhábil, lo cual se prorroga al día hábil siguiente. Cuando por razones excepcionales sea necesario, se editara Boletines especiales a fin de dar cumplimiento a la normativa que lo requiera”
Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 16 de mayo de 2018
CURUZU CUATIA CORRIENTES