“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3118
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- AUTORIZAR el uso de la calle Universidad Nacional del Nordeste, entre las calles Ejército Argentino y Colegio Gral Manuel Belgrano, los días sábados y domingos de 14 a 20 hs., a los artesanos registrados que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 2º.- La autorización otorgada en el artículo anterior tiene como finalidad la realización de exposición y venta de artesanías, productos y manufacturas artesanales.
Art.3º.- El plazo de la presente autorización será de dos años, prorrogable por períodos iguales.
Art.4º.- El DEM instalará carteles indicadores, prohibiendo circular vehículos en ese horario y designará los agentes o funcionarios municipales para efectuar el control y aplicar las sanciones que correspondan.
Art.5º.- El DEM redactará un reglamento de uso al que deberán ajustarse los artesanos autorizados.
Art.6°.- DEROGAR el art. 7 de la Ordenanza N° 2730.
Art.7º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 13 de junio de 2018
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES