“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA N°3119
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.1º.- MODIFICAR el Art. 1° de la Ordenanza N°2603 y su modificatoria (ORDENANZA N°2958) el sentido de circulación de la calle Chiclana, el que quedará redactado de la siguiente manera: CHICLANA: desde Monteagudo hasta calle Comandante Andresito, circulación de este a oeste.
Art. 2º.- EL DEM deberá informar convenientemente a la población de esta modificación y señalizará el sentido de circulación a través de carteles indicadores.
Art.3º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 21 de Junio de 2018
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES