Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315


ORDENANZA Nº 3144

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.1º.- LAS ROTURAS que se realicen en el pavimento o asfalto para la reparación de cañerías de agua y cloacas deberán ser practicadas con Aserradora de Juntas o amoladoras.

Art.2º.- EL MATERIAL utilizado para el rellenado en calles de pavimento o asfalto debe estar seco y compactado dejando una altura de 15 cm. antes de llegar al nivel de la calzada, lo que luego se completará con hormigón o asfalto de acuerdo a las reglas de artes que se utilizan para esta clase de trabajos.

Art.3º.- Derogar la Ordenanza N° 2886 y toda otra disposición que se oponga a la presente.

Art.4º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.

 

 

SUM del JIN N°44; 27 de septiembre de 2018.

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.