“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2018” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3160
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
Art.1º.- DEROGAR la Ordenanza N° 3069/17, de fecha 10 de Agosto de 2017, mediante la cual se estableció la obligatoriedad de Debates Preelectorales Públicos entre candidatos a Intendentes y Concejales municipales dado que la experiencia fáctica ha permitido concluir que los fundamentos que se tuvieron en cuenta para el dictado de la misma demostraron que es una norma que se torna inaplicable en nuestro medio.
Art.2º.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HCD, 7 de noviembre de 2018
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-