“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2019” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3178
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- Apruébese el modelo de Convenio de Complementación de Servicios entre el Sr. Intendente Municipal y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; y el modelo de Acta Acuerdo Complementario entre el Sr. Intendente Municipal y la Asociación de Concesionarias del Automotor de la República Argentina (ACARA) en el marco de la clausula Decima primera del mencionado Convenio, para el cobro del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y OTROS RODADOS (Patentes) correspondientes a la misma, que como ANEXO se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza.
Art.2º.- Autorizase al Intendente de esta Municipalidad o al Secretario de Gobierno y Coordinación General de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, a suscribir con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el Convenio y Acta Acuerdo Complementaria mencionados en el artículo 1° de la presente.
Art.3º.- COMUNIQUESE al D.E, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 27 de marzo de 2019
CURUZU CUATIA CORRIENTES