“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3252
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º.- MODIFICAR el punto 2.2.4 “Zona Industrial” de la Ordenanza nro. 2410 modificada por la Ord nro. 3140, que quedará redactada de la siguiente manera:
2.2.4- “Zona Industrial”
La zona comprende la franja de 300 metros hacia el lado Este y 1.000 metros del lado Oeste de la Ruta Nacional N° 119 en el trayecto que corresponde a la trama urbana que va de Norte a Sur, exceptuando el sector limitado al Norte: Ruta Provincial N° 158; al Oeste: Ruta Provincial N° 158; al Sur: Calle Pública y al Este: Ruta Nacional N° 119, y la franja de 300 metros hacia el Norte de la Ruta Provincial N° 126 y 1000 metros al Sur de la misma, en el trayecto que corresponde a la trama urbana que va desde Este a Oeste. También comprenden los predios de la Sociedad Rural, Frigorífico ganadero, ubicados entre la Av. Mariano Moreno, Ruta Provincial N° 126, Arroyo Castillo y Vías del Ferrocarril y los inmuebles individualizados con las adremas E1-2851-3 y E1-2850-3 ubicados sobre la Ruta Provincial N° 126 de conformidad al croquis que como anexo “D” forma parte de la presente.
Art.2º.- MODIFICAR al punto 2.2.5 “Zona de Urbanización Especial “de la Ordenanza N° 2410, que quedará redactada de la siguiente manera:
2.2.5 “Zona de Urbanización Especial”
Corresponde a los terrenos del Ferrocarril Nacional Argentino, predio ubicado entre calle Azcuénaga (Norte), Beruti (Sur), Rodríguez Peña (Oeste), y Av. Alberdi y predio ubicado entre calle Irastorza (Norte), El Maestro (Sur), Misia Antoñita Vázquez (Oeste) y Monteagudo (Este), los predios que pertenecen al Ejército Argentino, ubicados entre calle Don Bosco (Norte), Chiclana (Sur), Ex Ruta N° 14 (Oeste) y Av. Laprida (Este) y la zona limitada al Norte: por Ruta Provincial N° 158; al Oeste: Ruta Provincial N° 158; al Sur: calle pública y al Este: Ruta Nacional N° 119. De conformidad al croquis que como anexo “E” forma parte de la presente.-
Art. 3°- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 5 de Agosto de 2020.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES