Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315


ORDENANZA Nº 3254

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE 
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA


Art 1°- AUTORIZAR al D.E.M a llamar a Licitación Pública para la venta de inmuebles de propiedad municipal que a continuación se detallan:
1)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “1” de la mensura n° 7631-L, en la intersección de calles Progreso, José Hernández y 1° de Mayo, que mide 24 mts de frente por calle Progreso, 14 mts sobre calle José Hernández, 14 mts sobre calle 1° de Mayo y 24 mts. de contra frente al Este. Partida inmobiliaria: E1-15139-1.
2)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “2” de la mensura n° 7631-L, que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts. de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al Sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria E1-15140-1.

3)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “3” de la mensura n° 7631-L que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo,  y 10 mts de contra frente al Sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria: E1-15141-1.

4)    Ubicada en la manzana n° 613, identificado como parcela “4” de la mensura n° 7631-L que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al Sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria: E1-15142-1.

5)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “5” de la mensura n° 7631-L que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al Sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria: E1-15143-1.

6)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “6” de la mensura 7631-L que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria E1-15144-1.

7)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “7” de la mensura n° 7631-L que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al Sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria E1-15145-1.

8)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “9” de la mensura n° 7631-L que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al Sur por calle 1° de Mayo. Partida inmobiliaria E1-15146-1.

9)    Ubicado en la manzana n° 613, identificado como parcela “10” de la mensura n° 7631-L, que mide 10 mts de frente al Norte por calle José Hernández, 24 mts de fondo y contra fondo y 10 mts de contra frente al sur por calle 1° de mayo. Partida inmobiliaria E1-15147-1.

10)     Ubicado en la Manzana N° 613, identificado como parcela “11” de la mensura N° 7631-L, en la intersección de calle Rosa Guarú, José Hernández  y 1° de Mayo, que mide 24 mts de frente por calle Rosa Guarú, 10 mts sobre calle José Hernández, 10mts. sobre  1° de Mayo y 24 mts de contra frente al Oeste. Partida Inmobiliaria: E1-15148-1.

11)    Ubicado en la manzana N° 581, identificado como parcela “B” de la mensura N° 7639-L Partida inmobiliaria E1-15159-1, calle Martin Fierro, entre 29 de Mayo y Arturo Jauretche, que mide 18,29 mts de frente al Oeste, 23,15  mts de fondo y contra fondo y 18,29 mts de  contra frente al Este. El mismo tendrá salida a la vía pública por la parcela “B” del mismo plano.

12)     Ubicado en la zona Sureste del Ejido de esta ciudad, identificado como Lote N° “2” de la Manzana “B” de la mensura N° 7.036-L , constante de 16,20 mts de frente al Oeste y 16,20 mts de contra frente al Este, por 28 mts de fondo al Norte, y 28 mts. de contra fondo al Sur. Partida inmobiliaria E1-14498-1.
     
Art 2° - ESTABLECER que los oferentes deberán ser personas físicas, su cónyuge o conviviente que no resulten titulares y/o propietarios de bienes inmuebles.


Art 3°- IMPONER a los oferentes que resulten adjudicados de los bienes inmuebles descriptos en el artículo 1° de la presente Ordenanza, que tendrán a su cargo la construcción de una vivienda destinada al uso particular dentro del plazo de 5 años de adquirido el bien.


Art 4°- Las ofertas podrán ser formuladas a cancelar en un pago o por pago en cuotas, siendo que la base será establecida en cada oportunidad por el órgano de gestión establecido por la presente en el artículo 6°.


Art 5°- DISPONER la creación de una cuenta especial en el Banco de Corrientes S.A sucursal local, dónde se depositaran los fondos obtenidos por la venta de los referidos terrenos que, podrán tener los siguientes destinos: 
a)    Construcción de viviendas para personas en situación de extrema necesidad; adquisición de nuevos terrenos para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

b)    Otorgamiento de créditos en los términos de la Ordenanza N° 3215/19.

Art 6°.- ESTABLECER que el Órgano de Gestión para la presente Ordenanza quedará conformado por 3 representantes que designe el D.E.M. 
Art 7°.- - COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL HCD, 12 de Agosto de 2020
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-