Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315


 ORDENANZA N° 3258

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1°: ANEXAR a la Ordenanza 984 el siguiente Artículo:

“Art.9°: Deberán acreditar título habilitante donde conste la aprobación de la formación profesional de peluquería aprobada por el Ministerio de Educación de la Provincia de Corrientes  y deberán ser             exhibidos. La presente Ordenanza tendrá efecto a patir de su publicación.-“

Art.2°.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES DEL HCD, 19 de Agosto de 2020