Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315


                      ORDENANZA N° 3274

                          EL HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE

                       DE CURUZÚ CUATIÁ

                     SANCIONA CON FUERZA DE

                  ORDENANZA

ART. 1°- DESIGNASE con el nombre de Barrio “La Calera” al Sector urbano delimitado por la calle Chiclana vereda Sur al Norte, calle Tarrago Ros al éste, Vías del Ferrocarril Mesopotámico al Sur y prolongación de calle Soler al Oeste, según plano que se adjunta a la presente como anexo I.

ART 2°-  DESIGNAR con el nombre de “Pocholo Airé” a la calle pública ubicada al Norte de la manzana número 832 de ésta Ciudad.

ART 3°- INCORPORAR a la Ordenanza N° 1533 el Barrio La Calera, con los límites que se fijan en la presente, como inciso N° 32 del art. 1°.

ART 4°- QUE EL DEM coloque carteles que identifiquen las calles de los barrios a los que hacen referencia los artículos anteriores.

ART 5°- MODIFICAR el límite Este del art 1° de la Ordenanza N° 1617, incorporada como inciso n° 31 a la Ordenanza N° 1533, la que quedará redactada de la siguiente manera:

             Art 1°- Designase con el nombre de Barrio “Santa Rita” al sector urbano delimitado por calle Chiclana al Norte, extensión de calle Soler al Este, Vías del Ferrocarril Mesopotámico al Sur, y ex Ruta 14.

 

ART 6°- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL HCD, 4  de Noviembre de 2020

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-