“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA N° 3276
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ART.1°.- CREASE el curso de maquinistas viales, articulando con el D.E.M para su desarrollo y ejecución.
ART.2°.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA:
-Fomentar y capacitar a jóvenes de la ciudad en el rubro maquinista vial atendiendo a la necesidad del sector productivo, vial y ganadero de la región.
-Generar oportunidades de trabajo y consecuentemente inserción laboral social.
ART. 3°.- IMPLEMÉNTESE por medio de la Oficina de Empleo una “Bolsa de Trabajo”, que se actualizará cada año con el objetivo de que las empresas en la región recluten a las personas que se hayan capacitado en el rubro maquinista vial, dando difusión masiva en los distintos medios de comunicación para que los interesados sepan que en la ciudad hay mano de obra especializada.
ART. 4°.- .COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 4 de Noviembre de 2020
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-