“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA N° 3277
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art 1°.- FIJAR la remuneración máxima del Escalafón Municipal (Art. N° 156 C.O.M.) en suma de Pesos Once Mil Ochocientos Catorce ($11.814), a partir del 01.10.2020.-
La remuneración de los funcionarios comprendidos en el Art. N° 157 de la C.O.M., serán las establecidas en dicha norma legal.-
Art 2°.- FIJAR la remuneración máxima del Escalafón Municipal (Art. N° 156 C.O.M.) en la suma de Pesos Doce Mil Novecientos Noventa y Cinco ($ 12.995), a partir del 01.11.2020.-
La remuneración de los funcionarios comprendidos en el Art. N° 157 de la C.O.M., serán las establecidas en dicha norma legal.-
Art 3°.- ESTABLECER los sueldos básicos para las distintas clases conforme anexos adjuntos.-
Art 4°.- COMUNIQUESE al D. E., publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL H.C.D, 4 de Noviembre de 2020
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-