Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2020” Ley Nacional Nº 27.315


                              ORDENANZA N° 3293

                          EL HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE

                       DE CURUZÚ CUATIÁ

                     SANCIONA CON FUERZA DE

                  ORDENANZA

ART. 1°.- DECLARAR LUGAR HISTORICO y PATRIMONIO CULTURAL a la Plaza General Manuel Belgrano de Curuzú Cuatiá, comprendida entre las calles Gral. Ramírez, Berón de Astrada, Castillo y Juan Pujol de esta localidad.

 

ART. 2°.- ESTABLECER  que todo el espacio comprendido por la manzana respectiva no podrá ser modificado en su estructura bajo ningún concepto y solo se podrá efectuar modificación cuando se refiere a cuestiones históricas  y de naturaleza cultural únicamente.

 

ART. 3°.- DISPONER  que todo cambio que deba realizarse en la estructura y/o agregado de elementos que se enmarquen con hechos históricos o de otro simbolismo, deberán seguir estos los lineamientos arquitectónicos establecidos en el presente, no pudiendo modificar su estilo bajo ningún concepto arquitectónicos arquitectónico ni urbanístico.

 

ART. 4°.- COLOCAR  una placa o mosaico recordatorio de la presente Ordenanza  en lugar visible parea todas las personas que visitan el lugar.

 

ART. 5°.- COMUNIQUESE al D.E, publíquese, regístrese y archívese.

 

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D, 26 de Noviembre de 2020

 

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-