Anexos:
Esta ordenanza no posee anexos.
“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2021” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3333
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art 1°- ADHERIR a la Ley Provincial N° 6539/21 que instaura el “Día del Recitador Chamamecero” los días 14 de septiembre de cada año, en homenaje a nuestro compueblano Don EDGAR ESTIGARRIBIA. -
Art 2°- DISPONER que en oportunidad de la fecha indicada el D.E.M. y el H.C.D. programen actividades de recordación de Don Edgar Estigarribia y de los recitadores locales, en el marco de homenajes a los cultores de la música chamamecera curuzucuateña. -
Art. 3.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -
SALA DE SESIONES DEL HCD, 20 de octubre de 2.021.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-