“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2021” Ley Nacional Nº 27.315
ORDENANZA Nº 3339
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art 1°. - ESTABLECER en el ámbito de la ciudad de Curuzú Cuatiá el día 5 de diciembre como el “Día del Empleado Municipal Jubilado”. -
Art 2°. - INCORPORAR lo ordenado en el artículo anterior a la Ordenanza N° 610/89 “REGIMEN PARA EL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD”. -
Art 3°- COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 05 de noviembre de 2.021.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-