“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2022” Ley Nacional Nº 27.315. 1982 - Las Malvinas Son Argentinas - 2022
ORDENANZA Nº 3373
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1.- FIJAR la remuneración máxima del Escalafón Municipal (Art. 156 C.O.M.) en la suma de pesos dieciocho mil cuatrocientos setenta y cinco ($18.475,00) a partir del 01 de mayo del año 2.022.
Las remuneraciones de los funcionarios comprendidos en el Art. N° 157 de la C.O.M., serán las establecidas en dicha norma legal conforme ANEXO I.
Art 2°.- FIJAR la remuneración máxima del Escalafón Municipal (Art. 156 C.O.M.) en la suma de pesos veinte mil trescientos veintitrés ($20.323,00) a partir del 01 de junio del año 2.022.
Las remuneraciones de los funcionarios comprendidos en el Art. N° 157 de la C.O.M., serán las establecidas en dicha norma legal conforme ANEXO I.
Art 3°. - ESTABLECER los sueldos básicos para las distintas clases conforme ANEXO I.-
Art.4.-COMUNIQUESE AL D.E., publíquese, regístrese y archívese. –
SALA DE SESIONES DEL HCD, 12 de mayo de 2.022.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-