Escudo Curuzu Cuatia

“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2022” Ley Nacional Nº 27.315. 1982 - Las Malvinas Son Argentinas - 2022


 ORDENANZA Nº 3390

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º.-  DONAR al “Estado de la Provincia de Corrientes” para el Ministerio de Educación, el siguiente inmueble de propiedad de esta Municipalidad de Curuzú Cuatiá:

  1. Inmueble identificado en el croquis intitulado “DIVISIÓN DEL LOTE I” DE LA MENSURA N°6186-L.

Art. 2°.- IMPONER a la presente donación los siguientes cargos:
 

  1. El inmueble será destinado para la construcción del “CENTRO DE EDUCACIÓN FISICA N°11”.
  2. En el plazo de 2(dos) años, a partir de la promulgación de la presente, deberá la DONATARIA concluir la obra.
  3. La DONATARIA no podrá modificar el fin para el que fue dispuesta la donación.

Art. 3°.- ESTABLECER que el incumplimiento de los cargos impuestos provocará la revocación automática de la donación, sin otro requerimiento que la notificación por medio fehaciente que el D.E.M. cursará a la DONATARIA, quedando facultado para recobrar la propiedad del terreno con todo lo clavado y edificado sin deber de indemnización de ningún tipo.-

Art. 4º.- ESTABLECER que los gastos notariales y todo otro gasto que demande la escrituración, inscripción y regularización del inmueble sujeto a la presente donación correrá por exclusiva cuenta del Gobierno de la Provincia de Corrientes. -

Art. 5º.-  COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese.-

ALA DE SESIONES DEL HCD,  14 de julio  de 2.022.-

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-