“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2022” Ley Nacional Nº 27.315. 1982 - Las Malvinas Son Argentinas - 2022
ORDENANZA Nº 3392
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1°: ADHERIR a la Ley Nacional N° 26.958 que establece como “Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidentes de Tránsito” el tercer domingo de noviembre de cada año calendario, de conformidad a lo establecido por la Resolución N°60/05 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Art.2°: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal y al Honorable Concejo Deliberante a la realización de campañas y actividades alusivas a la fecha, con el objeto de fomentar la concientización, la prevención, la sensibilización y el compromiso ciudadano en el respeto de las normas de seguridad vial.
Art.3°: DISPONER que el tercer domingo de noviembre de cada año el Palacio Municipal se iluminará de color amarillo en homenaje a las víctimas en accidentes de tránsito.
Art.4°: COLOCAR carteles con el símbolo de la estrella amarilla, en todas las calles, esquinas o cualquier otro lugar dentro del municipio de Curuzú Cuatiá, donde se hayan producido accidentes de tránsitos con víctimas fatales.
Art.5°: DISPONER que el cartel deberá tener además de la simbología de la estrella amarilla, la leyenda “Usar casco salva vida” y en “memoria de las víctimas de accidente de tránsito”.
Art.6°: AUTORIZAR al D.E.M a pintar en los lugares establecidos en el art.4°, una estrella de color amarillo, contorno de la misma y las letras en color negro, que deberán ser de 70 cm x 80cm, en las calles asfaltadas, y en aquellas donde no sea posible pintar, se deberá colocar carteles con dicha simbología.
Art. 7º.- Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -
ALA DE SESIONES DEL HCD, 14 de julio de 2.022.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-