“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2022” Ley Nacional Nº 27.315. 1982 - Las Malvinas Son Argentinas - 2022
ORDENANZA Nº 3394
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- SUSPENDER la vigencia de la Ordenanza No 1653 por ciento ochenta
(180) días corridos desde la promulgación de la presente, reasumiendo el H. Concejo Deliberante la facultad de otorgar los espacios de estacionamiento exclusivo de vehículos en la vía pública.
Art. 2º.- DISPONER que el Departamento Ejecutivo Municipal realice un informe completo de los espacios de estacionamiento exclusivo y reservado que existen en la ciudad, acompañando las normativas y autorizaciones en su caso, remitiéndolo al H. Concejo Deliberante en el término de sesenta días de la presente.
Art. 3º.- Comuníquese al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -
ALA DE SESIONES DEL HCD, 11 de Agosto de 2.022.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-