“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2022” Ley Nacional Nº 27.315. 1982 - Las Malvinas Son Argentinas - 2022
ORDENANZA Nº 3418
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal la contratación directa mediante adhesión a dos planes de ahorro ante la Razón Social AYALA AUTOMOTORES S.A., Avenida Juan Pujol 1810- CP. (3400)- Corrientes (Capital), C.U.I.T. N° 30-59661373-6, conforme el presupuesto adjunto, para la adquisición de 2 (dos) vehículos automotores identificados como FORD RANGER D/C XL 2.2L 4x4 MT.-
Art. 2º.- FACULTAR al titular del Departamento Ejecutivo Municipal, Dr. José Miguel Irigoyen, conjuntamente con el Secretario de Gobierno y Coordinación General, Dr. Juan Ángel López y/o la Secretaria de Hacienda, Cra. Verónica Salvatella, a suscribir toda documentación y/o formulario requerido para la adhesión a dos planes de ahorro ante la Razón Social AYALA AUTOMOTORES S.A., Avenida Juan Pujol 1810- CP. (3400)- Corrientes (Capital), C.U.I.T. N° 30-59661373-6, conforme el presupuesto adjunto, para la adquisición de 2 (dos) vehículos automotores identificados como FORD RANGER D/C XL 2.2L 4x4 MT.-
Art. 3º.- ESTABLECER que finalizados los pagos de las cuotas y la efectiva entrega de los automotores deberán ser comunicados al Honorable Concejo Deliberante. -
Art. 4º.- COMUNIQUESE al D.E.M., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 01 de Diciembre de 2.022.-
CURUZÚ CUATÍA, CORRIENTES