“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2023” Ley Nacional Nº 27.315 “1983/2023- 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
ORDENANZA Nº 3442
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ART.1.- FIJAR la remuneración máxima del escalafón municipal (Art. N° 156 C.O.M) en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NUEVE ($ 29.509,00), a partir del 1 de abril de 2.023, y en la suma de PESOS TRENITA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS ONCE ($ 35.411,00) a partir del 1 de junio de 2023.-
Las remuneraciones de los funcionarios comprendidos en el Art. N° 157 de la C.O.M serán las establecidas en la norma legal conforme el Anexo I.-
ART.2º.- ESTABLECER los sueldos básicos para las distintas clases conforme Anexo.
ART.3°.- COMUNÍQUESE al D.E.M., publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 11 de mayo de 2.023.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.