“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2023” Ley Nacional Nº 27.315 “1983/2023- 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
ORDENANZA Nº 3456
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°.- CONDONAR por única vez hasta el 31/08/2023 la deuda que, en concepto de impuesto inmobiliario posee con esta municipalidad, el inmueble ubicado en 1° sección Chacra de nuestra ciudad, cuenta 002077, adrema E1-001766-2 de Impuesto Inmobiliario.-
Art. 2º.- COMUNÍQUESE, regístrese, publíquese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 16 de agosto de 2.023.-
CURUZÚ CUATÍA, CORRIENTES.