“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2023” Ley Nacional Nº 27.315 “1983/2023- 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
ORDENANZA Nº 3466
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ART. 1°. - ESTABLECER para el transporte de bidones o recipientes de agua para la venta, la obligación de utilizar vehículos con protecciones para evitar la exposición al sol. -
ART. 2°. - ESTABLECER que la presente Ordenanza comenzará a regir, a partir de los 60 días de corridos a contarse desde su publicación en el Boletín Oficial.-
ART. 3°. - COMUNIQUESE al D.E.M., publíquese, regístrese y archívese. -
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 29 de Septiembre de 2.023.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.-