“1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2023” Ley Nacional Nº 27.315 “1983/2023- 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
ORDENANZA N° 3480
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ART.1.-ESTABLECER para los Impuestos a los Automotores y Otros Rodados un Anticipo y 5 Cuotas y para el Inmobiliario Urbano y Subrural un Anticipo y 5 Cuotas, en ambos casos para todo el año 2024, fijándose las fechas de vencimiento, porcentajes y mínimos según el siguiente detalle; contándose a partir de las citadas fechas con tres días hábiles más para su pago en término.
A los efectos de la determinación del Impuesto a los Automotores y Otros Rodados para el Año 2024, se tomará la Tabla de Valuación publicada por la DNRPA en enero 2023 (Disposición DN 00271/2022 vigencia 02/01/2023 - 31/01/2023), excepto para los patentamientos de vehículos 0 KM en cuyo caso se tomará el valor de la factura de compra.
IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES Y OTROS RODADOS:
CONCEPTO |
VENCIMIENTO |
PORCENTAJE DEL IMPUESTO |
ANTICIPO |
28/02/2024 |
16.67% |
PRIMER CUOTA |
10/04/2024 |
16.67% |
SEGUNDA CUOTA |
10/06/2024 |
16.67% |
TERCERA CUOTA |
10/08/2024 |
16.67% |
CUARTA CUOTA |
10/10/2024 |
16.67% |
QUINTA CUOTA |
10/12/2024 |
16.67% |
IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO Y SUBRURAL:
CONCEPTO |
VENCIMIENTO |
PORCENTAJE DEL IMPUESTO |
IMPORTE MÍNIMO |
ANTICIPO |
31/01/2024 |
16.67% |
$4400,00 |
PRIMER CUOTA |
10/03/2024 |
16.67% |
$4400,00 |
SEGUNDA CUOTA |
10/05/2024 |
16.67% |
$4400,00 |
TERCER CUOTA |
10/07/2024 |
16.67% |
$4400,00 |
CUARTA CUOTA |
10/09/2024 |
16.67% |
$4400,00 |
QUINTA CUOTA |
10/11/2024 |
16.67% |
$4400,00 |
ART. 2.- ESTABLECER el 10 de cada mes, como fecha de vencimiento para la tasa de riego, limpieza de calles, extracción de basuras, etc., (servicios generales), gastos administrativos, tasa de mantenimiento de calles; sobretasas y otros conceptos que se liquidan conjuntamente con la mencionada Tasa por Servicios Generales. La fecha de vencimiento indicada, corresponde al período: mes calendario, inmediato anterior.
Contándose, a partir de la citada fecha de vencimiento, con tres días hábiles más para su pago en término.
ART.3.-ESTABLECER las siguientes fechas de vencimientos para la habilitación y licencia comercial, tasa por control de pesas y medidas, derechos de publicidad y propaganda, gastos administrativos, sobretasas y otros conceptos que se liquidan conjuntamente con la mencionada Habilitación y Licencia Comercial:
Períodos 2022 |
Fecha Vencimiento |
1er. Trimestre calendario |
10/03/2024 |
2do. Trimestre calendario |
10/06/2024 |
3er. Trimestre calendario |
10/09/2024 |
4to. Trimestre calendario |
10/12/2024 |
Contándose, a partir de las citadas fechas de vencimientos, con tres días hábiles más para su pago en término.
ART. 4.- ESTABLECER que toda fecha de vencimiento fijada, que coincida con días no laborables, feriados o inhábiles para esta Municipalidad, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.
ART. 5.-PASE a Contaduría para su conocimiento y demás efectos.
ART. 6.-COMUNÍQUESE al D.E.M, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 30 de noviembre de 2.023.-
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES