"1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2024” Ley Nacional Nº 27.315.
ORDENANZA N° 3486
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°. - FIJAR la remuneración máxima del Escalafón Municipal (Art. N° 156 C.O.M.) en la suma de Pesos sesenta y cuatro mil quinientos cuatro ($64.504), a partir del 01 de febrero del año 2.024.-
Las remuneraciones de los funcionarios comprendidos en el Art. N° 157 de la C.O.M., serán las establecidas en dicha norma legal conforme ANEXO I.-
Art. 2°. - FIJAR la remuneración máxima del Escalafón Municipal (Art. N° 156 C.O.M.) en la suma de Pesos setenta y siete mil cuatrocientos cinco ($77.405), a partir del 01 de marzo del año 2.024.-
Las remuneraciones de los funcionarios comprendidos en el Art. Nº 157 de la C.O.M., serán las establecidas en dicha norma legal conforme ANEXO I.-
Art. 3°. - ESTABLECER los sueldos básicos para las distintas clases conforme ΑΝΕΧΟ Ι.-
Art. 4°. - COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese. -
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 22 de febrero de 2.024.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.