Escudo Curuzu Cuatia

"1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2024” Ley Nacional Nº 27.315.


 

ORDENANZA 3.496

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZÚ CUATIÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°.- CREAR, en el ámbito de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, el Registro de Prestadores de Oficios y Profesiones. -

Art..- PODRA inscribirse en dicho registro, toda persona que realice trabajos de oficios y profesiones, tales como peluquería, albañilería, costura, plomería, mecánica, electricista, carpintería, ingeniería, abogacía, medicina, etc. Esta enumeración es meramente enunciativa. -

Art. .-  El Registro de Oficios será digital, a fines de facilitar el acceso al mismo. -

Art.  4°.-  OBJETIVOS:

Art. .-  La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza será, el Departamento Ejecutivo Municipal por medio de la Secretaría de Gobierno y Coordinación General en conjunto con la Dirección de Empleo y Capacitación de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá. -

Art.  .-  Los interesados deberán acceder a la página web que a esos efectos determinará la Autoridad de Aplicación. -

Art. .- La Autoridad de Aplicación fijará los requisitos a cumplir para la inscripción a dicho Registro, en su respectiva reglamentación. -

Art. .-  Para facilitar el acceso al Registro Digital, se creará un código QR que estará disponible en las delegaciones municipales o en los Organismos Municipales que establezca la Autoridad de Aplicación. -

Art.  9°.- Las personas que se inscriban en el registro, carecen de relación de dependencia con la Municipalidad. Los interesados eximen expresamente a la Municipalidad de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio. -

Art. 10°.- La Autoridad de Aplicación podrá firmar Convenios con distintos Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales, a los fines de cumplir con los objetivos de la presente ordenanza. -

Art. 11°.-  COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 18 de abril de 2.024.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.