"1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2024” Ley Nacional Nº 27.315.
ORDENANZA N° 3.522
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- AUTORIZAR en virtud del artículo 48 inc. 27 de la C.O.M., al Sr. Vázquez Álvarez, José Luis D.N.I. N° 13.650.745 el uso del espacio público de 10 m. por 2 m., situado sobre calle Universidad Nacional del Nordeste (UNNE), antes de su intersección con cortada sin nombre, de conformidad al croquis que como Anexo I forma parte integrante de la presente. -
Art. 2º.- LA AUTORIZACIÓN de uso del espacio público dispuesta en el artículo anterior, será por el término de cinco (5) años, prorrogables por igual plazo, previa autorización del Concejo Deliberante. En caso de presentarse otro solicitante para ocupar el mismo lugar, tendrá prioridad quien ya esté ocupando el mencionado espacio público. -
Art. 3º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 12 de septiembre de 2.024
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.