"1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2024” Ley Nacional Nº 27.315.
ORDENANZA 3.526
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE CURUZÚ CUATIÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º.- AFECTAR el espacio público de calle Tarragó Ros en el tramo que va desde Berón de Astrada hasta calle Elena Bonatti y de la calle Elena Bonatti (Castillo) hasta su conexión con Tarragó Ros para sus respectivas intervenciones y pavimentaciones conforme el Anexo (Proyecto de Obra) de la presente Ordenanza. -
Art. 2º.- AUTORIZAR al D.E.M. la realización de diversas tareas, trabajos y obras complementarias y accesorias asociadas a la obra, las cuales deberán ser comunicadas al H.C.D.-
Art. 3º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -
SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 02 de octubre de 2.024.
CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.
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