Escudo Curuzu Cuatia

"1810-Nuestra Sra. del Pilar de Curuzú Cuatiá, Primer Pueblo Patrio-2024” Ley Nacional Nº 27.315.


 

 

ORDENANZA 3.527

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZÚ CUATIÁ

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º.- DEROGAR en su totalidad las Ordenanzas Municipales; N° 2.411 sancionada el 08 de marzo de 2.007 sobre la Afectación de los predios de propiedad municipal ubicados en el ejido Oeste, sobre la Avenida Presidente Perón, Arroyo Marote y caminos vecinales, denominados - PARQUE MARTÍN FIERRO- PASEO BOTÁNICO-  y el inmueble lindante denominado - MATADERO MUNICIPAL-; N° 2.749 sancionada el 16 de junio de 2.011 sobre AUTORIZACIONES- AUTORIZAR AL D.E.M. ENDEUDAMIENTO PARA EXPLOTACIÓN TERMAL; N° 2.909  sancionada el 06 de marzo  de 2.014 la cual dispone CREAR LA COMISIÓN EJECUTIVA PRO-DESARROLLO TERMAL DE CURUZÚ CUATIÁ, N° 2.980 sancionada el 25 de junio  de 2.015 donde se Crea el FONDO FIDUCIARIO PARQUE ACUÁTICO TERMAL, y toda resolución o norma que se oponga a la presente.-

Art. 2º.- MODIFICAR los artículos 1, 3 y 5 de la Ordenanza N° 2.780 sancionada el 22 de diciembre de 2.011, los que quedaran redactados de la siguiente manera;

             Artículo 1°:CRÉASE el Polo de Desarrollo Turístico de Curuzú Cuatiá”, en el área suburbana que limita con el terreno Parque Martín Fierro y ex Matadero Municipal, delimitado por el perímetro comprendido en el plano que se adjunta en Anexo I.

              Artículo 3°: El D.E.M. elaborará un Plan de Urbanización del área delimitada precedentemente, integrándola al área urbana existente, planificando la oferta de servicios e infraestructura urbana, tanto municipal como privada.

             Artículo 5°: Se dará especial impulso y fomento a las actividades gastronómicas, hoteleras, culturales, recreativas, turísticas en general y todas aquellas que tiendan a favorecer la comodidad de los concurrentes al Polo Turístico de Curuzú Cuatiá. -”

Art. 3º.- AUTORIZAR al D.E.M. la realización de obras, tareas y trabajos en el inmueble identificado como LOTE “A” de la Mensura 5328-L, Partida Inmobiliaria E1-3117-2, Superficie: 19 has, 61 as, 86 cas, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Corrientes; Folio Real Matrícula N° 8181 del año 2.005 de propiedad de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, destinados a espectáculos y/o eventos públicos de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá. -

 

Art. 4º.- COMUNÍQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese. -

 

SALA DE SESIONES DEL H.C.D., 02 de octubre de 2.024.

CURUZÚ CUATIÁ, CORRIENTES.

 

.