ORDENANZA N° 1181
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CURUZU CUATIA
ORDENANZA
Art. 1º.- Agregar como Art. 6º. de la Ordenanza Nº 1018 el siguiente:
“Art.6º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá, dentro de los 20 días de la vigencia de la presente, proceder a la señalización de los espacios reservados para estacionamiento de motocicletas, ciclomotores y bicicletas de la siguiente manera:
a) La franja pintada sobre el cordón cuneta que es de cinco metros, alternando el color blanco con el amarillo en segmentos de 0,50mts, cada uno comenzando con el amarillo el segmento más próximo a la esquina.
b) El ancho de 1,50 mts, será remarcado con una línea pintada de color blanco de 10 cms, de ancho en la calzada.
c) Colocar carteles indicativos. (Modificado por la Ord. 2433)
Art. 2º.- El actual Art. 6º de la Ordenanza Nº 1018 pasará a ser Art. 7º.-
Art. 3º.- Comuníquese al DEM, publíquese, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, 29 de JUNIO DE 1994
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-
Sr. Fermin Oria Presidente
Dra. Cristina Marín Secretaria