Escudo Curuzu Cuatia


ORDENANZA N° 1999

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

 

Art. 1o.- “CREASE el Cuerpo de Auxiliares de Tránsito el que estará compuesto por Permisionarios del Sistema de Estacionamiento Medido (Ord. Nº 2933), y personal Municipal adscripto temporalmente a dicho Cuerpo, y personas de Instituciones No Gubernamentales (ONG) que celebren convenio con la Municipalidad de Curuzú Cuatiá”. (Modif. por Ord. 3044)

Art.2o.- PARA integrar el Cuerpo de Auxiliares de Tránsito, los aspirantes deberán asistir y aprobar el curso que al efecto de especializarlos dicte el Municipio.

Art.3° -“Su función será preventiva y de apoyo al Cuerpo de Inspectores de Tránsito Municipal, debiendo coordinar sus tareas con la Dirección de Tránsito Municipal. Su función será ad honorem no remunerativa, sin crear relación laboral con el Municipio” (Modif. por Ord. 3044)

Art.4°.- “Cumplirán las mismas funciones que los actuales inspectores, debiendo obligatoriamente hacer refrendar por un inspector de tránsito las actas de infracción que hayan elaborado”.- (Modif. por Ord. 3044)

Art.5° - COMUNIQUESE al D.E., publíquese, regístrese y archívese.-

SALA DE SESIONES DEL H.C.D.

CURUZÚ CUATIÁ CORRIENTES, 11 de julio de 2002-