ORDENANZA Nº 734
LA MUNICIPALIDAD DE
CURUZU CUATIA REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA
Art. 1º.- Modifíquese el inc. a)
del Artículo 30º de la Ordenanza
Nº 113/81, homologada por Resolución del Ministerio de Gobierno y
Justicia Nº 0661 de fecha 09/08/81, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"a) El tránsito de
vehículos transportando ganado en calles de la zona urbana de la Ciudad, salvo
los que lleven o traigan hacienda de los parajes "Vaca-Cuá" o "Sarandí" y estén
munidos de la documentación correspondiente que acredite su destino u origen.
Estos vehículos deben transitar por calles Bonpland, hasta Monte Caseros; Monte
Caseros hasta Monteagudo, Monteagudo hasta Don Bosco; o el Maestro y salida por
Ruta 126 o viceversa o bien por calles Sarmiento, Monte Caseros, Avda. Laprida,
Avda. R. O. del Uruguay hasta Ruta Nº 119.-
Podrán hacerlo vacíos,
limpios con la constancia del lavadero autorizado, únicamente por calles de
tránsito pesado.-" (Derogado por Ord.
2211-04)
Art. 2º.- Modifíquese el inc. c)
del Artículo 30º de la Ordenanza
Nº 113/81, el que quedará redactado de la siguiente manera:
1- "La carga y descarga en el horario de 9,30 a 12,30 hs. en el radio
céntrico de la ciudad comprendido por las calles Podestá-Avda. Mitre, entre
Avda. Lonardi-Posadas y Gral. Ramírez, hasta Dr. Fernando Irastorza.-
2- La entrega de mercaderías en vehículos de reparto (camiones livianos,
camionetas, etc.) se podrá efectuar sin restricciones horarias.-
3- A los comercios ubicados sobre el lado opuesto al estacionamiento
normal, se les permitirá efectuar las tareas de carga y descarga sobre la acera
del mismo, debiendo solicitar con antelación suficiente a la Inspección de
Tránsito, la presencia del personal pertinente a los efectos del ordenamiento
del tránsito, durante todo el tiempo que dure la tarea.-" (Derogado por Ord.
2211-04)
Art. 3º.- Deróguense las Ordenanzas Nº 648
del 30/08/89 y la Ordenanza Nº 725 de fecha 25/04/90.-
Art. 4º.- Comuníquese al D.E., publíquese,
regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HCD, Mayo 23 de 1.990.-
CURUZU CUATIA, CORRIENTES.-